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MARCAS | ||||
Bien entrado el próximo milenio, las naciones andinas estarán enlazadas por sus marcas
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Por ahora es solo una propuesta, pero podría ser la solución a los conflictos, pasados y futuros, por la coexistencia de marcas en la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Se trata de la creación de un Registro Andino que permita la explotación exclusiva de marcas únicas en toda la región. Este planteamiento fue hecho por Ana María Pacón, presidenta de la sala de Propiedad Intelectual del Tribunal del Instituto para la Defensa y Competencia de la Propiedad Industrial (Indecopi), de Perú. Esta es una propuesta que aún está en pañales. Para hacerla realidad habría que suscribir un acuerdo multilateral entre las naciones del área, según lo mencionó Francisco Astudillo, director general sectorial del Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI). Y antes de firmar el convenio es necesario armonizar las leyes en materia de propiedad intelectual de los diferentes países de la CAN. Se trata de desarrollar un mecanismo similar al empleado por los países de la Comunidad Europea, que en primer lugar armonizaron las diferentes leyes nacionales y luego establecieron un reglamento comunitario sobre marcas. Lo que hace pensar que la noción de la marca única en la región andina no será un hecho hasta bien entrado el nuevo milenio. ¿Las razones? Primero, las leyes no están unificadas y este es un requisito impostergable; y segundo, aún priva el principio de territorialidad, esto es que el uso de los derechos de marca es protegido intrafronteras.
Sin conflictos Los problemas por coexistencia de marcas se presentan cuando éstas amparan productos iguales. Derechos exclusivos para firmas idénticas en categorías diferentes no presentan problemas, siempre que no se esté ante marcas notorias, según lo expresó Pacón. El derecho de marca y el de exclusividad se limitan a impedir el registro o el uso para marcas idénticas o similares o productos idénticos o similares. Pero, ¿cómo identifica el registrador de Colombia o de Venezuela que una marca registrada por ellos tiene rango de notoriedad en Ecuador? Por ahora es difícil. Y es que no existe una base de datos sobre marcas notorias dentro de la subregión. La existencia de un banco de datos sobre derechos notorios tiene impulsores y detractores. "No estoy de acuerdo en que las marcas notoriamente conocidas estén en una base de datos, porque el posicionamiento de éstas cambia con el tiempo", expresó Ana María Pacón. Astudillo sostuvo que si bien está de acuerdo con la creación de una base de datos, coincidió con Pacón sobre los cambios (la pérdida de notoriedad) que puede sufrir una marca con el transcurrir del tiempo. No hay duda. PRODUCTO supo de casos de marcas notorias que se "vulgarizaron" hasta convertirse en marcas descriptivas. Los nombres cantan: Gillette, Modess y Chiclét's. Con relación a esta última mucho se ha comentado sobre los esfuerzos infructuosos de la empresa Warner Lambert por recobrar el dominio de la firma.
Hay que usarlas Otro de los problemas que presentan los registros de marcas en la región es su uso. Estas deben usarse para conservar la vigencia de los derechos de exclusividad que consagran. Algunas legislaciones, como la 344, el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y el Convenio de París, establecen que los registros solo pueden ser cancelados cuando las marcas no han sido empleadas durante tres años ininterrumpidos, según dijo a PRODUCTO Graciela Road, directora de asesoría de la Dirección Nacional de Propiedad Industrial (DNPI) de Montevideo (Uruguay). No obstante, existen causas legítimas que justifican la falta de uso, como por ejemplo "restricciones a las importaciones u otros requisitos oficiales impuestos al titular del registro". | ||||
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