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Propiedad Intelectual
El valor de las tradiciones
Cerca de 90 por ciento de la información sobre los recursos genéticos de las plantas proviene de países en vías de desarrollo y requiere protección
La propiedad intelectual no se limita solo al otorgamiento de patentes, el reconocimiento de derechos de autor y el respeto por marcas y denominaciones notorias. Se trata más bien de un concepto flexible que permite la inclusión de todas aquellas actividades producto del intelecto humano en ámbitos como el industrial, científico, literario y artístico.
Según el razonamiento anterior, los conocimientos tradicionales como el folclor, la historia, creencias, costumbres y hasta ritos de carácter cultural-religioso, también serían susceptibles de una protección legal. De allí que desde 1998 la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) realice una serie de "consultas exploratorias" entre sus 174 miembros, para determinar la factibilidad de reconocer derechos que, en este sentido, han sido violados.
Los países latinoamericanos y asiáticos han aplaudido la medida bajo la concepción de que tal iniciativa parte de la comprobación de que el régimen vigente de protección de los derechos de propiedad intelectual, prácticamente, ignora las formas tradicionales de conocimiento y también los sistemas de propiedad del mundo en desarrollo. El hecho de que solamente uno por ciento de todas las patentes otorgadas en el planeta pertenezcan a personas provenientes de países subdesarrollados y que contradictoriamente, 90 por ciento del germoplasma que sirve de base para el desarrollo de programas de mejoramiento genético derive de esos mismos países, da una idea de las injusticias que se cometen como consecuencia de la falta de una regulación que rija la materia.
Las necesidades expuestas en el informe sobre conocimientos tradicionales que surgió de la última reunión celebrada por la Ompi en Ginebra, en agosto del 2000, plantean desafíos al conjunto de la comunidad de propiedad intelectual, a saber: las oficinas nacionales y regionales que rigen la materia, las sociedades de gestión colectiva, el sector privado, las ONG, la sociedad civil, los consumidores y la comunidad internacional.
En momentos en que la biotecnología se proyecta como una alternativa para la generación de riquezas y bienestar, Coica, una organización regional que agrupa a 400 pueblos indígenas amazónicos, opina que urge promover un sistema de propiedad intelectual que logre disminuir la brecha entre países pobres y ricos, a través del reconocimiento de las contribuciones que han hecho los primeros hacia los segundos.
"En el caso de los pueblos indígenas, la situación de los conocimientos tradicionales es particularmente sensible. Nuestros pueblos han aportado por generaciones al descubrimiento, mejoramiento y conservación de innumerables especies de plantas y animales para el beneficio propio y de toda la humanidad. Sin embargo, al amparo de instrumentos internacionales y de leyes nacionales impuestas, vemos impávidos que empresas e institutos de investigación, utilizando nuestros conocimientos, se apropian de los recursos y lucran con lo que ellos llaman su invención", refiere el texto presentado ante la Ompi.
Farmacéuticas al ataque
Entre los casos más notables de biopiratería recopilados como antecedentes por la Ompi se cuenta la denuncia elevada por la Coica sobre la patente otorgada a la empresa norteamericana International Plant Medicine Corporation, para la explotación de una variedad de la planta ayahuasca o yagé.
Pese a que los efectos terapéuticos de la banisteriopsis caapi eran conocidos desde tiempos remotos por los pobladores autóctonos de Ecuador, el derecho de explotación de la referida herbácea fue otorgado injustamente a un "inventor" de nombre Loren Miller, cuyo único mérito consistió en diferenciar la muestra de otra que crecía en un jardín botánico en el estado de Hawai.
Otro ejemplo de "injusticia intelectual" estuvo relacionado con la quinua, una planta indicada para el tratamiento de la esterilidad masculina. Los poseedores de la patente (dos investigadores de la Universidad de Colorado en Estados Unidos), admitieron haber obtenido el material genético de la región del altiplano cerca del lago de Titicaca. Sin embargo, el referido permiso no reconoció nunca ni el lugar de origen ni el aporte que hicieron los pueblos originarios para cultivar y mejorar la quinua, a sabiendas de que ellos fueron los primeros en conocer las propiedades de la referida planta.
De mayor trascendencia ha sido la "Investigación farmacéutica y uso sustentable del conocimiento etnobotánico y biodiversidad en la región maya de los Altos de Chiapas", mejor conocido por sus siglas en inglés ICGB-Maya.
Este proyecto llevado adelante por Ecosur, la Universidad de Georgia y la Molecular Nature Limited, utilizaría el conocimiento indígena como guía de investigación, para descubrir, aislar y evaluar farmacológicamente unos 2.000 componentes importantes de especies vegetales y microorganismos usados en la medicina maya tradicional, sin procurar retribución alguna para la población.
Aunque el proyecto ICGB-Maya opera en el papel sobre el principio de que las muestras biológicas pertenecen a México y que una parte no revelada de las regalías volverán a los mayas de los Altos de Chiapas (vía Promaya), según Hope Shand, directora de Investigaciones de Rafi (Rural Advancement Foundation International), "la realidad es que estos beneficios de largo plazo en modo alguno benefician a las comunidades que han gestionado estos recursos sustentablemente en forma milenaria", según declaró Sebastián Luna, vocero del Consejo Estatal de Parteras y Médicos Indígenas Tradicionales de Chiapas.
Cultura ancestral
Venezuela, uno de los países de mayor biodiversidad del planeta, tampoco ha permanecido ajeno a los ataques de empresas multinacionales que buscan sacar provecho de culturas ancestrales. Basta recordar la denuncia elevada por la Organización de Pueblos Indígenas del Amazonas (Orpia), en octubre de 1999, contra un contrato suscrito entre el Ministerio del Ambiente y la Universidad Federal de Zúrich (Suiza), con la finalidad de comprobar el uso de plantas medicinales por parte de los yanomamis.
La queja elevada por Orpia se refiere a la negación de parte de los investigadores suizos del derecho de este grupo étnico, ubicado en la biosfera del Alto Orinoco, a recibir regalías por los beneficios económicos que puedan derivarse del estudio realizado. Julio César Centeno, catedrático de la Universidad de Mérida, especialista en el tema, comentó en aquel momento que "se han negociado los conocimientos de los yanomamis sobre la selva a la que pertenecen y con la que mantienen inusitados vínculos y relaciones ancestrales. En virtud de lo anterior, es evidente que Venezuela debe agilizar la aprobación de una ley para la administración, protección y aprovechamiento de su biodiversidad. Una ley que reconozca y administre con destreza el valor económico y estratégico de esa diversidad genética. Una ley que además proteja a la nación de decisiones apresuradas, interesadas o negligentes sobre la materia".
Gracias a la gestiones emprendidas por la Comunidad Andina de Naciones, en el artículo 3 del Régimen Común sobre Propiedad Industrial (mejor conocido como Decisión 486) se contempla que: "Los países miembros asegurarán que la protección conferida a los elementos de la propiedad industrial se concederá salvaguardando y respetando su patrimonio biológico y genético, así como los conocimientos tradicionales de sus comunidades indígenas, afroamericanas o locales".
En virtud de lo anterior, la concesión de patentes que traten sobre invenciones desarrolladas a partir de material obtenido de dicho patrimonio o dichos conocimientos, estará supeditada a que ese material haya sido adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico internacional, comunitario y nacional. |