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Aterrizaje forzoso

Nuevamente la aerolínea Colombiana Avianca decide apegarse al capítulo 11 del Código de Bancarrota de Estados Unidos, mientras mantiene en tierra 142 aviones y compromisos financieros pendientes por 2.600 millones de dólares.

Avianca Airlines, la segunda aerolínea más grande Latinoamérica, decidió acogerse al capítulo 11 del Código de Bancarrota de Estados Unidos, una figura legal que permite a las empresas con problemas financieros tener un “respiro” para reorganizarse, bajo el amparo de la Ley, sin tener consecuencias graves para la operatividad de la empresa.

La aerolínea decidió declararse en bancarrota antes de incumplir con el pago de unos bonos de 65 millones de dólares en medio de la pandemia del Covid-19, días después de  solicitar ayuda financiera al gobierno colombiano para enfrentar la crisis.

“Creemos que una reorganización bajo el Capítulo 11 es el mejor camino para proteger los servicios esenciales de viajes y transporte aéreo que brindamos en Colombia y otros mercados de América Latina”, dijo Anko Van Der Werff, director ejecutivo de Avianca.

Este recurso legal ya había sido utilizado por la aerolínea en el año 2003, cuando sus compromisos de pago sin resolver, alcanzaron cerca de 269 millones de dólares, lo que le permitió suspender la ejecución de los derechos patrimoniales en su contra, devolver las aeronaves que no necesitaba y le concedió un período de gracia de dos meses en el alquiler de aviones, según el portal asuntoslegales.com.co.

Por su parte, el ministro de Hacienda colombiano, Alberto Carrasquilla, dijo en declaraciones a la prensa local que el Gobierno de Duque analiza el tipo de ayuda que podría aportar para salvar a Avianca una vez tomada su decisión de acogerse a la ley de bancarrota de Estados Unidos. “Entrar en condición de prestamista, es difícil predecir, pero la entrada como accionista es algo que sería extremadamente delicado. Esa no sería una solución que debamos poner de primeros en la mesa”, advirtió Carrasquilla.

Avianca no dejaría de operar

Avianca Holding S.A., cuyo 51% de acciones pertenecen a BRW Aviation, hizo el anuncio mediante un comunicado de prensa donde especificó que la pandemia Covid-19 “ha provocado una disminución del 90% del tráfico mundial de pasajeros y se espera que reduzca los ingresos de la industria en todo el mundo en 314 mil millones de dólares, según la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA)”. Este organismo también ha calculado las pérdidas de las aerolíneas latinoamericanas en 15 mil millones de dólares aproximadamente para este año.

Avianca suspendió temporalmente el 100% de sus vuelos comerciales en marzo, dejando en tierra 142 aviones y compromisos financieros pendientes por 2.600 millones de dólares. La decisión redujo sus "ingresos consolidados en más de un 80% y ha ejercido una presión significativa" sobre su liquidez, según informó el domingo la firma.

Según  datos del portal Semana, durante el año 2019 Avianca Holdings transportó 30,5 millones de pasajeros, vendió además 24 aviones y redujo de 108 a 88 aeronaves su compromiso de compra con la constructora europea Airbus. La empresa está integrada por las aerolíneas Avianca y Tampa Cargo (Colombia), Aerogal (Ecuador) y las compañías del Grupo Taca Internacional Airline, con sedes en Centroamérica y Perú.

La aerolínea espera utilizar este tiempo ganado con el recurso introducido en:

  • Proteger y preservar sus operaciones.
  • Continuar prestando servicio a más del 50% del mercado interno colombiano y volando sin escalas en América del Sur y del Norte, así como a Europa.
  • Continuar con las operaciones de carga.
  • Preservar más de 21.000 empleos directos e indirectos en toda América Latina, incluidos más de 14.000 sólo en Colombia y más de 3000 proveedores con los que trabaja la compañía.
  • Reorganizar el balance y los compromisos de la empresa para enfrentar los efectos de la pandemia, así como gestionar sus responsabilidades, alquileres, solicitudes de aeronaves entre otros.

La aerolínea continúa en conversaciones con el gobierno de su país y de otros mercados clave, para lograr un acuerdo en cuanto a las estructuras de financiamiento que brindarían liquidez adicional, en consecuencia del apego al capítulo 11 y que son esenciales para garantizar la buena conclusión del proceso legal iniciado.

 


PUBLICADO: 11 de mayo de 2020